lunes, 20 de febrero de 2017

Llegó el momento de pagar el ICA para Régimen Simplificado

Ø Hasta hoy lunes 20 de febrero tendrán plazo los contribuyentes del Régimen Simplificado en Bogotá, con ingresos brutos anuales superiores a 55,2 millones de pesos, para pagar su Impuesto de Industria y Comercio (ICA), correspondiente al año gravable 2016. Bogotá, febrero 20 de 2017 La Secretaría de Hacienda Distrital informó que para efectuar la liquidación y determinar el valor por pagar se deberá tener en cuenta la información de los ingresos percibidos durante el período y la tarifa asociada a la actividad económica del ciudadano. El ICA se puede liquidar en línea ingresando al portal www.haciendabogota.gov.co, sección pagos y servicios. Desde este sitio virtual, el ciudadano diligencia su formulario, del cual deberá sacar dos copias en impresora láser para pagar en cualquiera de las doce entidades bancarias autorizadas, dentro y fuera de Bogotá. Los ciudadanos obligados a pagar ICA, que hayan cumplido con los requisitos para pertenecer a este régimen en 2016 son los pequeños contribuyentes: personas naturales que desarrollan actividades industriales, comerciales o de prestación de servicios a pequeña escala en Bogotá, con un único local o negocio. “Invitamos a los contribuyentes del ICA a que aprovechen esta oportunidad para hacer además el aporte voluntario, con el fin de lograr la financiación conjunta de los proyectos que garantizarán el fortalecimiento de la seguridad en la capital”, agregó la secretaria de Hacienda, Beatriz Elena Arbeláez Martínez. El impuesto se calcula de acuerdo con el valor de los ingresos brutos obtenidos durante el año gravable, con base en la tarifa correspondiente al código de actividad que establece la Resolución 079 de 2013. Además, es importante tener en cuenta algunas recomendaciones: · Si tiene avisos expuestos al público debe liquidar un impuesto complementario del 15 % sobre el valor calculado. · Si a título de este impuesto le practicaron retenciones en 2016, las puede descontar. · Debe diligenciar los valores en el formulario electrónico de Impuesto de Industria y Comercio, marcando el período 7 (Anual). · Pagar después de la fecha límite genera las sanciones e intereses correspondientes. Más información en la página web de la Secretaría de Hacienda: http://www.shd.gov.co.

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