lunes, 29 de julio de 2013

CARTA ABIERTA A LA JUNTA DE ACCIÓN COMUNAL DE NUEVA CIUDAD VILLA MAYOR.

El 16 de Julio, Wilson Peña, presidente de la Junta de Acción Comunal de Nueva Villamayor, junto con otros directivos de la misma, dirigieron una carta a nuestro Periódico Comunitario NOTAS DE ACCIÓN, con la que pretendían coartar la libertad de expresión de nuestro medio, por haber emitido un artículo en el que se denuncia la mala administración que viene desarrollando dicha Junta.

Ha transcurrido más de un año desde la posesión de sus miembros directivos y la comunidad aún no ha percibido ningún beneficio de sus políticas de acción. Por el contrario, la vía que han tomado es la de irse ‘lanza en ristre’ contra los dirigentes cívicos del barrio –de diversas áreas como seguridad, obras, deportes, etc.–, a quienes califica de vagos que se reúnen a hablar mal de “sus líderes”, y otros epítetos más. 

En respuesta a esta desobligante carta y a las acusaciones sin sustento, ellos, que sí son verdaderos líderes y gestores de obras que benefician la comunidad, nos han hecho llegar la siguiente carta abierta, dirigida a la junta de Acción Comunal de Nueva Villamayor:

Bogotá, D.C., julio 25 de 2013



CARTA ABIERTA A LA JUNTA DE ACCIÓN COMUNAL DE NUEVA CIUDAD VILLA MAYOR

Es principio fundamental, inmanente del ser humano el expresar con libertad partiendo desde nuestras propias perspectivas, las individualidades y nuestras experiencias, máxime cuando en ellas están implícitas formas y vivencias sociales y comunales. Es en esencia la lucha para exhortar las distintas formas de vida desarrolladas dentro de marcos participativos en beneficio de un bien común. Uno de los derechos humanos fundamentales más importantes es el de la libertad de expresión; el poder hablar, el poder escribir, ese poder transmitir y compartir nuestros pensamientos, nuestros criterios, sin ambages, sin cortapisas, sin categorizaciones.

Ello enmarcado, indefectiblemente, dentro de conceptos y premisas responsables en una dimensión dual: como yuxtaposición entre el derecho (mi libertad) y el deber (mi obligación) de defender ese mismo derecho, con objetividad, con responsabilidad y con criterio, igualmente. Como lucha es válida y aplica para todos. Es consecuencia de una posición que no transige con la verticalidad del oponente, del contrario.

Acordémonos que la Libertad de expresión es un derecho fundamental o un derecho humano, señalado en el artículo 19º de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, y las mismas constituciones de los distintos sistemas democráticos, también lo señalan. De ahí la Libertad de Prensa.
El artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, dice: "Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y de recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión." Negrillas fuera de texto.
Igualmente, la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica del año de 1969, en su artículo 13 señala que “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideraciones de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección y gusto” Negrillas fuera de texto.
Así mismo, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, expresa en su Artículo 11 que “Toda persona tiene derecho al respeto de su honra y al reconocimiento de su dignidad”. Negrilla fuera de texto.
Dentro de nuestro marco normativo constitucional tenemos los artículos 20 – 73 y 74, en que se consagran los Derechos y Garantías para la Libertad de Expresión.

Las anteriores argumentaciones corresponden a la respuesta (no al Derecho de Réplica) con relación al oficio enviado por la mesa Directiva de la Junta de Acción Comunal al señor PEDRO CARVAJAL, director y propietario de NOTAS DE ACCIÓN, periódico local, compañero y amigo que conformó con nosotros los COMITÉS DE TRABAJO de la nueva junta, y que de paso nos involucran a nosotros, también miembros de esos Comités, que por supuesto apoyamos y respaldamos, como consecuencia de una publicación suya en la edición No. 27 del mes de mayo de 2013 titulada: 
“JUNTA DE ACCIÓN COMUNAL DE NUEVA VILLAMAYOR A PUNTO DE PERDER PERSONERÍA JURÍDICA”, 
rectificación que sí están planteando las directivas en este oficio, escrito suyo que por demás no amerita análisis ni comentario alguno por parte nuestra, por lo mismo; por la manera como fue redactado y presentado a la comunidad, sin consideración alguna, con los epítetos y los adjetivos más insolentes y denigrantes, conculcando derechos fundamentales a la dignidad, a la honra, al buen nombre y a la participación ciudadana, carentes de pudor y comprensión que, desde luego, no les vamos a seguir el juego con ires y venires, así suene a conformismo fútil, para evitar convertirnos, precisamente, en unos más entre ellos.

Atentamente,

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JOSÉ MANUEL  ARTUNDUAGA              STELLA HERRERA                   MAURICIO RUIZ

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FREDY MARTÍNEZ                                  HENRY RUIZ                             MESÍAS A. ROJAS 


 STICK MURCIA




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