miércoles, 10 de diciembre de 2014

Secretaría Distrital de Ambiente rechaza aprobación de vallas sin mayores exigencias para garantizar el paisaje

  • “Proyecto de acuerdo aprobado en plenaria del Concejo sobre publicidad exterior visual, perpetúa de manera indefinida la instalación de vallas en la ciudad, en contra de la regulación ambiental y de la protección del paisaje”: Susana Muhamad
SDA, diciembre 10/2014.- Una férrea oposición a la aprobación del artículo 4  del Proyecto de Acuerdo hizo la funcionaria al manifestar su oposición a la norma que modifica el tiempo del permiso para vallas tubulares, sin incluir todos los elementos de publicidad exterior visual. 
“Se establecen tiempos de las vigencia, sin ningún sustento técnico y se escogieron elementos al azar. Esto nos quita la regulación al recurso paisaje”, sostuvo la funcionaria.
“La posición de la Administración Distrital era retirar este artículo y continuar con el articulado, es decir con la creación del Sistema Integrado de Información de Publicidad Exterior Visual, los estudios técnicos de carga de paisaje y los 6 meses de descongestión”.
El articulado comprende la creación del Sistema Integrado de Información de Publicidad Exterior Visual, la elaboración de estudios técnicos sobre la carga del paisaje y un tiempo de descongestión para la Secretaría Distrital de Ambiente; como se había acordado entre las partes.
Sin embargo, los Concejales incluyeron un artículo, el 4, sobre la vigencia de los permisos, específicamente de las vallas tubulares, cambiando las reglas del juego para la solicitud y radicación de los permisos.
Ante esto, la Secretaria de Ambiente, Susana Muhamad, manifestó su oposición rotunda al curso que tomó el proyecto de acuerdo, y lo calificó como una “colcha de retazos” de todo el trabajo que se había concretado en más de 40 mesas de trabajo, enfocándose solo en la regulación de las vallas tubulares y no en la de los demás elementos.
“No debe ser un capitulo exclusivamente de vallas sino de todos los elementos. Esto que tenemos hoy es una colcha de retazos del proyecto original. Que explique el Concejo de Bogotá por qué regula vallas y no los otros elementos, por qué aumenta los periodos y permisos solo para vallas y no para el resto. Que explique cómo fue que llegamos a esta colcha de retazos”.
“El proyecto original que presentó la Administración generaba la modificación de todos los elementos. En la última comisión nos comprometimos claramente a la creación del sistema, al estudio, al periodo de 6 meses de descongestión para ponernos al día, y que con base en el estudio hagamos el famoso estatuto o la reglamentación”, apuntó Muhamad.
La Secretaria de Ambiente precisó que era mucho mejor para la Administración y para los empresarios seguir con las resoluciones unificadas que tiene la SDA desde 2008, sumado con la descongestión, el estudio y el sistema integrado.
“No estamos de acuerdo con este artículo, ya que generará más confusión normatividad y menos claridad administrativa. La posición de la Administración era retirar este artículo y dejar los que permiten avanzar”.
“No entiendo por qué vamos a reglamentar solo las vigencias para las vallas. Y no entiendo por qué dejamos en esta propuesta de la comisión solo 5 elementos escogidos al azar. Nos damos cuenta que el interés después de todo está en las vallas, por lo cual dejamos constancia de que no estamos de acuerdo con esto”, puntualizó Muhamad.
En cuanto a los parágrafos del polémico artículo, Muhamad apuntó que en el número 2 se confunde el término de solicitud con prórroga y denunció varias irregularidades.
“Cuando se acaba un permiso (que se da para que se instale y se cumpla la actividad cumpliendo con los requisitos) el dueño debe desmontarlo inmediatamente.  El parágrafo 2 dice que se radique la nueva solicitud dos días antes a la fecha del vencimiento del término y que no se desmonte, es decir lo trata como si fuera una prórroga. Además dice que dos días antes del vencimiento puede radicar para que le demos el permiso, lo cual es imposible”.
El resto del articulado con el que el Distrito si está de acuerdo
Este proyecto crea el Sistema Integrado de Información de Publicidad Exterior Visual (SIIPEV), que tiene como propósito el establecimiento de un sistema unificado de registro de colocación de elementos de publicidad a excepción de los temporales.
La SDA insertará en su página web el SIIPEV. Además, contará con un año para su diseño e implementación.
Este sistema deberá contener el registro de los permisos otorgados por la SDA, el inventario de los elementos de publicidad extraído de la SDA y los elementos del inmobiliario urbano que tengas publicidad.
En un año, la SDA adelantará los estudios necesarios para determinar la zonificación ajustada al POT, el cual deberá incluir el índice de carga del paisaje y la metodología de medición de los niveles permisibles por zona.
Igualmente, los criterios de medición de impacto ambiental asociados a los elementos de publicidad exterior visual.
En cuanto a la descongestión, la SDA tendrá 6 meses para resolver, con base en las normas vigentes al momento de radicación, los trámites en curso.
El controvertido artículo 4
El artículo al que se opuso la Secretaria de Ambiente contiene el término de vigencia del permiso.
Para vallas, se conceden tres años, prorrogable por un periodo de tres años más. Para una solicitud de permiso, se da entre 3 y 6 años.
Al terminar este periodo, se deberá desmontar la estructura tubular, sin perjuicio de una nueva solicitud de permiso.
El término para la radicación de la nueva solicitud de permiso será de 15 días anteriores a la fecha publicidad en el SIIPEV para en vencimiento del término de la radicación de la nueva solicitud.
Para la solicitud de nuevos puntos de instalación de elementos mayores se tendrá en cuenta el orden cronológico de la radicación de la solicitud.
Otros elementos, que según la SDA fueron escogidos sin sustento técnico y al azar, son pasacalles (72 horas antes del evento y 24 horas después de finalizado), vallas de obra (vigente a la licencia de construcción más 15 días).

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