jueves, 14 de abril de 2016

Alcaldía interviene punto crítico de accidentalidad, en la 61 con 17


Bogotá, abril 14 de 2016. La Secretaría Distrital de Movilidad decidió implementar ajustes a la altura de la diagonal 61 con carrera 17, donde fue usual el irrespeto de la señal de giro prohibido de parte de los conductores, con maniobras peligrosas que ocasionaron choques y atropellos en lo corrido del año.
                                    
Así, la Secretaría Distrital de Movilidad decidió modificar la operación de la intersección, permitiendo el giro izquierdo para acceder al norte desde la diagonal 61 tomando la carrera 17 desde el jueves 14 de abril. Para esto, se modificó la operación de los semáforos en el transcurso de la tarde del 13 de abril.

Además, la SDM realizó trabajos de mantenimiento en la señalización horizontal de la zona como en las cebras y las líneas de la señal de intersección.

La SDM aclara que la programación anterior de los semáforos no generaba movimientos conflictos, ya que se encontraba la señal de giro prohibido. Sin embargo, ante la problemática presentada decidió implementar la nueva alternativa.

En lo corrido de 2016, según datos con corte al 4 de abril, se presentaron 7 siniestros en vía que incluyeron heridos y daños. En 2015 se presentaron 15 eventos viales (incluyendo daños y heridos).

Además de los reportes de los ciudadanos en redes sociales y los de los medios de comunicación sobre la accidentalidad en el punto de la calle 63 con carrera 17, también este fue un tema prioritario para la mesa accidental de movilidad que se ha desarrollado en 2016 con el honorable Concejo de la ciudad, entre los que se encuentran los concejales Gloria Stella Díaz y Jorge Torres. En las reuniones de la SDM con la mesa se habló de la problemática y de las posibles alternativas a esta.


Esquema 1. Movimientos permitidos hasta el 13 de Abril de 2016


Esquema 2. Movimientos permitidos a partir del 14 de Abril de 2016

Esquema 3. Movimientos permitidos a partir del 14 de Abril de 2016

No obstante lo anterior, es pertinente aclarar que el Artículo 109 de la Ley 769 de 2002, establece: “[…] Todos los usuarios de las vías están obligados a obedecer las señales de tránsito […]”, por lo tanto, aun cuando es responsabilidad de la Secretaria Distrital de Movilidad adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la movilidad en condiciones de seguridad y comodidad a los usuarios, existe un deber de corresponsabilidad de los ciudadanos en el acatamiento de las normas.

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