martes, 3 de febrero de 2015

Se aproximan las elecciones de los jueces y las juezas de paz y de reconsideración en Bogotá


Los bogotanos contarán con 103 jueces de paz y de reconsideración que  apoyarán y promoverán el acceso a la justicia en las comunidades.
El domingo primero de marzo, las bogotanas y los bogotanos elegirán mediante voto popular a los jueces y las juezas de paz y de reconsideración en la ciudad. La ciudadanía podrá votar en los 207 puestos de votación habilitados y  en 573 mesas de votación establecidas por la Registraduría Distrital.
Este ejercicio cívico que viene impulsando la Secretaría Distrital de Gobierno, es de gran importancia para la ciudad, pues se articula a  la estrategia distrital de fortalecimiento a la justicia, brindando herramientas efectivas a la ciudadanía para la resolución de conflictos  y la generación de territorios de paz.En todas las UPZ de Bogotá, los ciudadanos podrán elegir a los jueces y las juezas de paz y de reconsideración por un periodo de cinco años -con la posibilidad de ser reelegidos en forma indefinida- en los sitios de votación establecidos, de 8:00 de la mañana a 4:00 de la tarde, presentando solamente la cédula de ciudadanía.Se registraron 280 candidatos inscritos, de los cuales  231 son aspirantes a jueces y juezas de Paz y 39 de reconsideración (2ª Instancia), en 19 localidades, salvo la de Sumapaz, y  84 UPZ, según el reporte dado a conocer por la Dirección de Derechos Humanos y Apoyo a la Justicia. 
¿Cómo votar y dónde votar?Podrán votar todos ciudadanos y ciudadanas que figuren en el Censo Electoral de la elección ordinaria inmediatamente anterior a este proceso y quienes hayan recibido su cédula por primera vez hasta el 30 de noviembre de 2014.
Papel de los jueces de pazQuienes sean elegidos y posesionados se desempeñarán gratuitamente como mediadores en la resolución de conflictos particulares o comunitarios, para que dichas controversias no tengan que ser trasladadas a otras instancias, con los consecuentes costos en tiempo y dinero.
Los jueces y juezas de paz y reconsideración  conocerán de los conflictos de forma voluntaria y común, sobre:
·         Asuntos susceptibles de transacción, conciliación o desistimiento.
·         Asuntos que no sean sujetos a solemnidades, de acuerdo con la ley.
·         Asuntos cuya cuantía no supere los cien (100) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
·         Asuntos particulares de orden vecinal y familiar, entre personas de la misma comunidad.
·         Asuntos penales: delitos querellables (transigibles, desistibles o conciliables).
·     Asuntos civiles, de familia, laborales y comerciales: excepto los que requieran solemnidades de ley.  En los temas de familia pueden conocer diversos asuntos, como reconocimiento voluntario de hijos extramatrimoniales.
Papel de los  jueces y las juezas de reconsideraciónRevisan el fallo dado por el  juez o la jueza de paz cuando las partes  del conflicto no quedan conformes.
Más información en la página web: http://www.gobiernobogota.gov.co/,  en los sitios en Internet de las alcaldías locales, o en las sede de la respectiva  alcaldía local.

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