jueves, 11 de octubre de 2012

Póliza de Accidentes Personales 930-1-994000000001, de la UNIÓN TEMPORAL ASEGURADORA SOLIDARIA-CHARTIS-LIBERTY SEGUROS S.A

En atención a la Póliza de accidentes personales, remito anexo relación de instituciones que tienen convenio con la Aseguradora para la atención médica de nuestros usuarios en caso de un accidente.
Solicito la colaboración para que con memorando nos remitan el formato completamente diligenciado a la Asesoría de Apoyo Logístico.


COMUNICACIÓN URGENTE PÓLIZA

 En caso de ser necesario, para cualquier accidente deben comunicar a la línea solidaria No. 5460101 o desde cualquier celular al # 789, indicando el numero de la póliza
 
 Amablemente solicito su colaboración en difundir esta información, en todas las Unidades Operativas de la SDIS (C.V., J.I., CDC, Albergues, Centros de Integración, etc).

En el anexo (solicitarlo a @sdis.gov.cose encuentra escaneada la Póliza de Accidentes Personales 930-1-994000000001, de la UNIÓN TEMPORAL ASEGURADORA SOLIDARIA-CHARTIS-LIBERTY SEGUROS S.A., con vigencia desde las 23:59 horas del 25 de mayo de 2012, hasta las 23:59 horas del 17 de noviembre de 2013.

A continuación están las instrucciones a seguir:
Solicitamos la colaboración para que esta información sea fotocopiada y entregada a cada uno de las Instituciones de la Secretaría, esta Póliza debe quedar en cada uno de los salones y en cartelera o en lugar visible, para que sea presentada en los Centros Médicos.
A la vez se informa que la póliza cubre asistencia médica, quirúrgica y hospitalaria, la Compañía pagará los gastos en que se incurra por concepto de las mencionadas asistencias y exámenes complementarios, hasta la cantidad especificada como valor asegurado, (dos millones de pesos $2’000.000 por evento y por muerte accidental seis millones de pesos $6’000.000), en el caso de accidente, una vez utilizado el monto total de la póliza y requerir servicios adicionales se debe utilizar la EPS o el Sisben.


Nota: Es de aclarar que de no ser atendido el usuario con la póliza por ser llevado a otro centro médico distinto a los que tienen convenio con la Aseguradora, operará por rembolso, de igual forma si se requiera para la atención inmediata debe solicitar la atención médica por la EPS o Sisben; en caso de que incurra en gastos, se solicitará el reintegro de los dineros a esta Asesoría, con la siguiente documentación:


1. Informe del accidente e indicar lugar y fecha de los hechos
2. fotocopia de la hoja de matrícula
3. Fotocopia del Registro Civil de Nacimiento
4. Copia de la historia clínica o epicrisis
5. Facturas Originales – la Aseguradora no acepta fotocopias
 6. Fotocopia de la cédula de la persona que incurrió con los gastos


En el caso de muerte accidental los documentos anteriores adicionando los siguientes:

1. Registro Civil de Defunción
2. Comunicación de Inspección del Cadáver de la Fiscalía
3. Fotocopia de cédulas de los padres


Por otra parte, se informa que para las salidas pedagógicas fuera o dentro de la ciudad, se debe llevar fotocopia de la Póliza, documento que garantiza el cubrimiento en cualquier eventualidad (bien sea en la institución, casa, en la calle o fuera de Bogotá), por lo tanto no se requiere enviar solicitudes de autorización o protocolos de salidas a la Asesoría de Apoyo Logístico, es de aclarar que estos trámites deben realizarse a través de la Subdirección Local o Técnica.


Cualquier inquietud, favor comunicarse con la Doctora Marleny Gómez Barahona o Ana Bertha Ibáñez, Asesoría de Apoyo Logístico, Teléfono 327 97 97  Ext. 1638 / 1639.


Cordialmente,


Ana Bertha Ibáñez Ch.
Asesoría de Apoyo Logístico
 Secretaría Distrital de Integración Social


Recuerde que nuestro dominio de correo ahora es: @sdis.gov.co

No hay comentarios: