Inscritos al subsidio de vivienda deben actualizar
datos
• Para realizar el trámite, los ciudadanos deben presentar el original de su documento de
identificación.
a las necesidades de los habitantes de la ciudad, en el marco de la Bogotá Humana, invita a los
ciudadanos que se inscribieron al Subsidio Distrital de Vivienda, para adquisición, mejoramiento
de vivienda o construcción en sitio propio, a que actualicen sus datos en los puntos de atención
dispuestos, desde el 26 de marzo hasta el 27 de abril de 2012.
Para la actualización de datos, los ciudadanos se deben acercar con el original de su documento
de identificación al SuperCADE de Suba, Bosa, Américas, CAD o 20 de Julio, al CADE de Servitá y
Santa Lucia, Centro Hábitat de Bosa y Usme, y en los puntos de atención de la Secretaría del Hábitat
ubicados en la carrera 13 #52-25 y en la Avenida Caracas #53-80.
El trámite del Subsidio Distrital de Vivienda no tiene ningún costo, no contacte intermediarios, ya que
los únicos interlocutores autorizados son los funcionarios de la Secretaría Distrital del Hábitat, que en
ningún caso solicitarán pagos por la asesoría prestada.
¿Qué es el Subsidio Distrital de Vivienda?
Es un aporte Distrital en dinero, que se otorga por una sola vez a un hogar beneficiario, sin cargo de
restitución, y constituye un complemento del ahorro y /o recursos que le permiten adquirir, construir
en sitio propio, o mejorar una vivienda de interés social.
¿Qué tipos de Subsidio existen?
Actualmente son 3 las modalidades: para adquisición de VIP y VIS, mejoramiento de vivienda en
condiciones de habitabilidad o estructural y construcción en sitio propio.
¿Cuáles son los requisitos generales para acceder al programa?
• Estar inscrito en el Sistema de Información para la Financiación de Soluciones de Vivienda –
SIFSV- de la Secretaría Distrital del Hábitat.
• Que al menos uno de los integrantes del hogar tenga ciudadanía colombiana, se encuentre en
capacidad de obligarse por sí misma y resida en Bogotá.
• Que los ingresos totales mensuales del hogar sean máximo de cuatro (4) SMMLV.
• Que ninguna persona del hogar tenga una afiliación a una caja de compensación familiar que
le permita acceder a un subsidio de vivienda.
• Que ninguna persona del hogar haya sido beneficiaria de un Subsidio Familiar de Vivienda -
SFV o un SDV para adquisición de vivienda.
• Que ninguna persona del hogar haya sido beneficiaria del Valor Único de Reconocimiento –
Cl 52 No. 13-64
Tel. 3581600
www.habitatbogota.gov.co
VUR otorgado por el Distrito.
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