Bogotá,
Septiembre 20 de 2013.
El Alcalde Gustavo Petro es respetuoso de las instancias judiciales y
acatará siempre los llamados de la justicia.
Frente
a la citación judicial prevista para el día de hoy, el Alcalde
solicitó reprogramarla ante la imposibilidad de atenderla por
asuntos de gobierno y, en especial, porque se enteró de la misma,
con menos de 24 horas de anticipación.
La
Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, argumentó que
como el Alcalde tuvo conocimiento de la boleta de citación, el día
inmediatamente anterior y en horas de la tarde y que en la misma no
se señalaban las razones por las cuales se le estaba atribuyendo la
calidad de indiciado, por el presunto delito de prevaricato por
acción, resultaba pertinente contar con el espacio suficiente para
atender la diligencia.
De
otra parte, una vez conocido públicamente que la denuncia está
asociada a la expedición del Plan de Ordenamiento Territorial, la
Secretaría General, en representación del Alcalde Mayor, considera
que los denunciantes están haciendo un inadecuado uso del derecho y
de la acción penal, al interponer una denuncia en calidad de
víctimas y frente a un acto de gobierno de carácter general y no
particular.
La
solicitud resulta improcedente, porque con la expedición del POT, la
garantía de seguridad personal y familiar, no están en riesgo, ni
constituye ataque a la dignidad y vida privada de ningún ciudadano.
Expresamente
el artículo 133 del Código de Procedimiento Penal señala:
“Atención y protección
inmediata a las víctimas.
La Fiscalía General de la Nación adoptará las medidas necesarias
para la atención de las víctimas, la garantía de su seguridad
personal y familiar, y la protección frente a toda publicidad que
implique un ataque indebido a su vida privada o dignidad. (…) Las
medidas de atención y protección a las víctimas no podrán
redundar en perjuicio de los derechos del imputado o de un juicio
justo e imparcial, ni serán incompatibles con estos.”
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