Bogotá, abril 8 de 2015. La Administración Distrital, por medio del Decreto 070 de 2015, establece el Sistema Distrital de Patrimonio Cultural, reasigna competencias y dicta otras disposiciones que buscan la protección, gestión y divulgación del patrimonio cultural material e inmaterial.
Ahora, quienes tengan Bienes de Interés Cultural tendrán claridad respecto de las entidades del distrito que deben emitir conceptos o pronunciamientos, los instrumentos, las sanciones y los incentivos aplicables para su protección, articulando las disposiciones distritales.
“El Decreto Distrital 070 de 2015 permite tener claridad respecto de las competencias que ejercen las entidades en materia de patrimonio cultural, crea el Sistema Distrital de Patrimonio y unifica los diferentes consejos, comités e instancias en materia de patrimonio en el Consejo Distrital de Patrimonio Cultural. De igual manera, ordena y recategoriza los Bienes en los términos del Decreto Nacional 763 de 2009, lo cual permitirá actualizar las normas distritales a las nacionales” comentó Antonio Velandia, director de Patrimonio y Renovación Urbana de la Secretaría de Planeación -SDP-.
El funcionario precisó que “con esta normativa se beneficia el ciudadano al simplificar trámites y disminuir tiempos para su realización y el Distrito al ajustar y precisar funciones de las entidades lo que repercute en optimización de recursos para la inversión, aumentando la colaboración y coordinación entre entidades”.
Sistema Distrital de Patrimonio Cultural
El nuevo Sistema está conformado por las secretarías distritales de Cultura, Recreación y Deporte y Planeación, el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural, el Consejo Distrital de Patrimonio Cultural, las alcaldías locales, la Mesa de consejeros locales de patrimonio cultural y el Archivo Distrital de Bogotá.
La coordinación está a cargo de Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte quien liderará, orientará y articulará las políticas de patrimonio cultural. Por su parte, la Secretaría Distrital de Planeación -SDP- deberá definir la política, desarrollar propuestas normativas para armonizar la protección del patrimonio cultural con el ordenamiento territorial de la ciudad, fijar requisitos técnicos específicos adicionales para la formulación y aprobación de los Planes Especiales de Manejo y Protección, apoyar la elaboración de estrategias y propuestas normativas para la salvaguardia, protección, recuperación, conservación, sostenibilidad y divulgación del patrimonio material e inmaterial, entre otras funciones.
“La expedición del Decreto no genera traumatismo para el ciudadano, ya que se estableció un término para la transición de funciones de tres meses para la equiparación con el estrato uno, para el cobro de servicios públicos y los conceptos de amenaza de ruina, que seguirán siendo competencia de la Secretaría Distrital de Planeación, mientras se hace entrega de la información respectiva al Instituto Distrital de Patrimonio Cultural. Las declaratorias, exclusiones y cambios de categorías radicados ante la Secretaría Distrital de Planeación con anterioridad a la expedición de este acto administrativo, continuarán su trámite cumpliendo con las disposiciones vigentes al momento de su radicación” informó Antonio Velandia.
Otras medidas adoptadas
- El inventario de los Bienes de Interés Cultural declarados con anterioridad a la expedición del Decreto, deberá ser consolidado en plazo máximo de dos (2) años.
- Se realizará un estudio para recategorizar los Bienes de Interés Cultural de acuerdo con los niveles de intervención y conservación establecidos en el Decreto Nacional 763 de 2009.
- Las alcaldías locales adelantarán la inspección, vigilancia, control y sanción cuando se lleve a cabo la construcción, modificación, reparación o demolición total o parcial de un Bien de Interés Cultural ubicado en su jurisdicción sin la respectiva licencia de construcción, para lo cual se aplicarán las multas establecidas en los artículos 1 y 2 de la Ley 810 de 2003, aumentadas en 100%.
- Se crean los consejeros locales de patrimonio cultural quienes centralizarán toda la información frente a la protección de patrimonio material como inmaterial, se convierten en enlaces entre las autoridades locales y distritales y velarán por la protección e identificación de los bienes de interés cultural que deban declararse.
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