La Alcaldía Mayor de Bogotá se permite aclarar que:
- Conforme al Fallo de sentencia de tutela T-908 de 2012, fechado noviembre 7 de 2012 y a la aclaración de la misma corporación emitida el 24 de abril de 2013, el Distrito Capital deberá al término de cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación verificar el censo de familias afectadas por el desalojo.
- Teniendo en cuenta que la notificación de la aclaración se efectuó el día 20 de mayo de 2013, el plazo para realizar y presentar el censo ante el despacho judicial vence el lunes 27 de mayo de 2013.
- De conformidad al fallo de tutela, en su numeral octavo, el Distrito Capital cuenta con un plazo de 6 meses, otorgado por la Corte Constitucional, para garantizar la respectiva reubicación de quienes se encuentren incluidos en el censo que realiza actualmente el Distrito.
- En cumplimiento a la orden de tutela, el Alcalde Mayor de Bogotá, expidió la resolución N 022 del 20 de mayo de 2013, mediante la cual implementó las medidas administrativas y fijo las responsabilidades de las instituciones distritales para dar cumplimiento al Fallo de la Corte.
- Que la aclaración solicitada estaba encaminada a tener certeza en garantía de los derechos fundamentales tutelados en la providencia, debido a que existen varios listados de familias.
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