sábado, 26 de abril de 2014

La restitución de Petro en la Alcaldía de Bogotá

Por: Pedro Santana Rodríguez - Presidente Corporación Viva la Ciudadanía



Mediante una decisión judicial de la Sala Agraria del Tribunal de Bogotá que reconoció que las medidas cautelares otorgadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, CIDH, y de acuerdo con cinco sentencias previas de la Corte Constitucional de Colombia, estas medidas son de obligatorio cumplimiento por parte del Estado colombiano, el tribunal decidió reintegrar al alcalde Petro. Con base en esta consideración la Sala del Tribunal concedió una Tutela y ordenó al presidente de la República, Juan Manuel Santos, que restituyera en su cargo a Gustavo Petro Urrego.

En esta ocasión el presidente Santos acató de inmediato las órdenes de los jueces. La pregunta obligada es por qué lo hizo ahora y se negó a reconocer antes estas medidas cuando directamente se lo ordenó la CIDH? La respuesta no es simple, pero hay un elemento que pesa muchísimo en esta decisión y es el momento político en medio de una aburrida y lánguida campaña presidencial.

La verdad es que todo le salió mal a Santos con la medida que tomó al aceptar la destitución a Petro ordenada por la Procuraduría General de la Nación y aconsejada y exigida por su flamante candidato a la vicepresidencia, Germán Vargas Lleras y por los parlamentarios conservadores mermelados y vergonzantes soportes de la campaña reeleccionista.

Estos sectores pensaron que con la baja popularidad de Petro hasta el momento de su destitución y dado que su administración se ha mostrado como muy contradictoria entre otras razones por el linchamiento mediático a que ha sido sometida desde que inició su administración, sería relativamente fácil tomar la Alcaldía Mayor de la ciudad y la administración de sus recursos para recuperar este electorado para la causa reeleccionista. Pero, el tiro les salió por la culata.

En primer lugar porque la ley 1475 de 2011 estableció un procedimiento muy claro que le impidió a Santos hacer lo que hicieron con la Gobernación del Valle en donde estaban obligados a convocar a elecciones en el año 2010, ante el despido del corrupto gobernador Abadía y no lo hicieron. Allí nombraron a Lourido como gobernador hasta el final del período cuando tenían que haber convocado a elecciones y no lo hicieron aprovechando la existencia de zonas grises en la normatividad.

Pero, esas zonas grises fueron subsanadas en la ley 1475/2011 que estableció que en casos como el de Bogotá, el Presidente de la República tiene 10 días hábiles para solicitar una terna al partido político del Alcalde cuando se presenta la falta absoluta del titular como en esta caso por la destitución de Petro. En el mismo decreto debe convocar a elecciones en un plazo no mayor de 55 días para que los ciudadanos elijan su reemplazo.

Santos tuvo que hacerlo aunque las intenciones y las primeras declaraciones de Irragorri su ministro del Interior, iban orientadas en la dirección de lo que hicieron en el Valle del Cauca a comienzos del gobierno en el año 2010.

Pero, el motivo central para el acatamiento inmediato de las órdenes de los jueces del Tribunal de Bogotá fue el costo político que estaba pagando Santos por acatar las órdenes arbitrarias, por decir lo menos, del Procurador perseguidor y autoritario, Alejandro Ordóñez Maldonado.

En efecto, Santos bajó del 27 al 23% en las intenciones de voto para la primera vuelta presidencial. Con un agravante en plena campaña reeleccionista: el único político que llenó plazas con gente fue Petro para rechazar su destitución. Lo hizo en la Plaza de la Paz en Barranquilla días después en la Plaza San Francisco en la ciudad de Cali y posteriormente en Medellín. La ciudadanía se solidarizó con Petro y calificó su destitución como una arbitrariedad de Santos y Ordóñez. Desde entonces Santos declaró que si un juez lo ordenaba, él restituiría de inmediato a Petro. Fue lo que hizo ante la orden de los jueces del Tribunal de Bogotá.

Lejos de terminar la situación de Petro no es del todo clara. Ahora tendrá que sortear la decisión que tome la Corte Suprema de Justicia frente a la decisión de la Sala del Tribunal de Bogotá. Si obra en derecho la Corte Suprema debe ratificar la decisión ya tomada de restitución de Petro quien además, podría recibir medidas cautelares del Consejo de Estado mientras este Tribunal resuelve de fondo la demanda de nulidad que sus abogados instauraron ante la Sala Segunda. Como se sabe allí está pendiente una decisión que deberá tomarse esta próxima semana. Lo más lógico es que el magistrado Gerardo Arenas tomé una decisión favorable a Petro.

Pero, una vez sorteado éste proceso deberá resolverse el tema de la revocatoria de su mandato que está pendiente dado su despido. Esta revocatoria se reactivará en caso de que queden en firme las medidas cautelares. Así que tendremos tema para rato. Por ahora lo que debemos exigir es que los medios dejen gobernar a Petro y le bajen al linchamiento mediático que de manera irresponsable vienen practicando a diario.
Tomado de Edición N° 00396 – Semana del 25 de Abril al 1 de Mayo – 2014

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