jueves, 24 de enero de 2013

Bogotá se unió a la Declaración de Chapultepec


Bogotá se unió a la firma de la Declaración de Chapultepec que establece los diez principios para el desarrollo de una prensa con libertad de expresión.
La alcaldesa (e) de Bogotá, Clarisa Ruiz Correal, firmó la declaración en nombre de la ciudad y señaló que la libertad de expresión es uno de los fundamentos de la vida cívica en la actualidad.  
“Bogotá Humana se ha comprometido y lo está demostrando a través del fortalecimiento de Canal Capital, del fortalecimiento de los medios comunitarios y también alternativos.  Además todo lo que significa el tercer eje del Plan de Desarrollo”, manifestó la Alcaldesa encargada.
La funcionaria resaltó que esta declaración es importante porque avanza en los temas de la sociedad más importantes en el siglo XXI y la ciudad lo hace en razón de ratificar su propio Plan de Desarrollo.
El evento fue presidido por el presidente de la República, Juan Manuel Santos, y contó con la participación de alcaldes y gobernadores de todo el país.
Los principios de esta declaración son:
1.   No hay personas ni sociedades libres sin libertad de expresión y de prensa. El ejercicio de ésta no es una concesión de las autoridades; es un derecho inalienable del pueblo.
2.   Toda persona tiene el derecho a buscar y recibir información, expresar opiniones y divulgarlas libremente. Nadie puede restringir o negar estos derechos.
3.   Las autoridades deben estar legalmente obligadas a poner a disposición de los ciudadanos, en forma oportuna y equitativa, la información generada por el sector público. No podrá obligarse a ningún periodista a revelar sus fuentes de información.
4.   El asesinato, el terrorismo, el secuestro, las presiones, la intimidación, la prisión injusta de los periodistas, la destrucción material de los medios de comunicación, la violencia de cualquier tipo y la impunidad de los agresores, coartan severamente la libertad de expresión y de prensa. Estos actos deben ser investigados con prontitud y sancionados con severidad.
5.   La censura previa, las restricciones a la circulación de los medios o a la divulgación de sus mensajes, la imposición arbitraria de información, la creación de obstáculos al libre flujo informativo y las limitaciones al libre ejercicio y movilización de los periodistas, se oponen directamente a la libertad de prensa.
6.   Los medios de comunicación y los periodistas no deben ser objeto de discriminaciones o favores en razón de lo que escriban o digan.
7.   Las políticas arancelarias y cambiarias, las licencias para la importación de papel o equipo periodístico, el otorgamiento de frecuencias de radio y televisión y la concesión o supresión de publicidad estatal, no deben aplicarse para premiar o castigar a medios o periodistas.
8.   El carácter colegiado de periodistas, su incorporación a asociaciones profesionales o gremiales y la afiliación de los medios de comunicación a cámaras empresariales, deben ser estrictamente voluntarios.
9.   La credibilidad de la prensa está ligada al compromiso con la verdad, a la búsqueda de precisión, imparcialidad y equidad, y a la clara diferenciación entre los mensajes periodísticos y los comerciales. El logro de estos fines y la observancia de los valores éticos y profesionales no deben ser impuestos. Son responsabilidad exclusiva de periodistas y medios. En una sociedad libre la opinión pública premia o castiga.
10.  Ningún medio de comunicación o periodista debe ser sancionado por difundir la verdad o formular críticas o denuncias contra el poder público.

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