lunes, 25 de junio de 2012

Avanza el proceso de regularización para 6 mil estaciones de telecomunicaciones


El retiro masivo de antenas produciría un colapso en las telecomunicaciones de la ciudad, por eso, es necesario un proceso de regularización que exige la colaboración de los operadores y la vigilancia y control urbanístico permanentes por parte de las Alcaldías Locales.

Bogotá, 25 de junio de 2012. En el 2008, la Secretaría Distrital de Planeación efectuó un inventario inicial de antenas que dio como resultado 9.500 estaciones de telecomunicaciones en toda la ciudad. Esta cifra se ha venido depurando y en la actualidad se registran 6 mil antenas las cuales son objeto de regularización, como lo establece el decreto 317 de 2006.

Aunque la Secretaría Distrital de Planeación no tiene como función efectuar el inventario de estaciones de telecomunicaciones, sino únicamente recibir los datos suministrados por los operadores, ha consolidado la información de antenas y las ha georreferenciado. Además, ha remitido estos datos a las Alcaldías Locales y al Ministerio de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones para el desarrollo de las acciones que corresponda a sus competencias.

Este inventario es el insumo principal para que las Alcaldías Locales efectúen las labores de verificación y control urbanístico en cada una de las localidades. Sin embargo, es importante precisar que los operadores de telecomunicaciones continúan instalando estaciones sin el permiso previo.

La instalación ilegal de antenas de telecomunicaciones acarrea sanciones por parte de las Alcaldías Locales, de conformidad con lo dispuesto en los Decretos Nacionales 1421 de 1993 y 1469 de 2010, y en las Leyes 388 de 1997 y 810 de 2003.

En cuanto a las estaciones de telecomunicaciones localizadas en los Cerros Orientales se aclara que la Secretaría Distrital de Planeación no ha expedido permisos para la ubicación de estaciones en este sector de la ciudad ya que el mismo corresponde a las autoridades ambientales, tal como lo establecen las normas vigentes.

La Corporación Autónoma Regional – CAR, como autoridad ambiental en este caso, ha delimitado tres áreas para usos prohibidos, condicionados y permitidos, y son ellos quienes tienen la competencia para la verificación de cuáles antenas que estén en dicha zona incumplen las normas vigentes.

Es por esto que la Secretaría Distrital de Planeación no tiene competencia para autorizar ni ejercer vigilancia en la instalación de antenas en la Reserva Forestal Bosque Oriental de Bogotá.

Vale la pena mencionar que antes de la expedición del Decreto Distrital 061 de 1997, ya existían estaciones de telecomunicaciones en los cerros orientales, y algunas de ellas pertenecen a la Policía Nacional y al Ejército Nacional, para el cumplimiento de labores de seguridad. Dichas estaciones deberán someterse a un proceso de regularización para definir su situación definitiva y para el efecto deberán presentar los estudios que exijan las autoridades ambientales. 

No se puede efectuar un retiro masivo de estaciones porque se produciría un colapso en las telecomunicaciones de la ciudad, por ello, se está efectuando un proceso de regularización que requiere de la máxima colaboración y corresponsabilidad con la ciudad por parte de los operadores, garantizando el debido proceso que establece el Plan Maestro de Telecomunicaciones

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