lunes, 25 de enero de 2016

USTED PUEDE SER ALCALDE O ALCALDESA DE LA LOCALIDAD DE LOS MÁRTIRES


La Alcaldía local  y la Junta Administradora Local de los Mártires informan e invitan a la ciudadanía a inscribirse en el proceso meritocrático para la elección de alcaldesa o alcalde local 2016-2019.
Las inscripciones son del 2 al 4 de febrero de 2016 de 8.00 A.M. a 5 P.M,en jornada continua, el formulario de inscripción será entregado en los mismos días en la Calle 19 # 23 – 90 sede de la JAL Mártires. 

Mayores informes en los teléfonos: 2683636, 2683737 Junta Administradora Local o en www.martires.gov.co.

REQUISITOS

“Presentar el Formato Único de Hoja de vida de persona natural” del Departamento Administrativo de la Función Pública del o la postulada del o la postulada (en medio físico y magnético) debidamente soportado.

 *Presentar el Formato de inscripción debidamente diligenciado y firmado (Se entregará en la Junta Administradora Local)
*Afirmación del aspirante, que se entenderá presentada bajo la gravedad del juramento, de no encontrarse incurso (a) en ninguna de las causales de la inhabilidad de que trata el artículo 66 del Decreto Ley 1421 de 1993, ni presentar antecedentes judiciales.

*Fotocopia legible y ampliada al 150% de la cédula de ciudadanía.
- De acuerdo con el tipo de vinculación con la localidad que se quiera acreditar, se pueden presentar uno o más de los siguientes documentos:

*Certificación actualizada expedida por la Alcaldía Local de Los Mártires, para acreditar residencia.
*Certificado de Cámara y Comercio con una expedición no mayor a tres (3) meses, para acreditar actividad industrial o comercial.
*Certificación en la que conste el tiempo de trabajo y la dirección de la empresa, así como la naturaleza jurídica y domicilio de la misma, para acreditar actividad laboral.
*Certificación expedida por la persona jurídica, en la que conste funciones desempeñadas, tiempo de servicio, domicilio y naturaleza de la persona jurídica; para acreditar actividad profesional.
*Afirmación del aspirante, que se entenderá presentada bajo la gravedad del juramento, en la que se señale la actividad profesional, tiempo de ejercicio y ubicación en donde se ha desarrollado; para acreditar la actividad profesional que haya sido ejercida de manera independiente.

-INHABILIDADES:

Establecidas en el artículo 66 Decreto Ley 1421 de 1993
*Ser cónyuges, compañeros o Compañeras permanentes o parientes dentro del segundo grado de consanguinidad, o primero de afinidad o civil, de los concejales o de los funcionarios distritales que ejerzan autoridad política o civil
*Hayan sido condenados a pena privativa de libertad, excepto en los casos de delitos culposos o políticos.
*Hayan sido sancionados con la pena de destitución de un cargo público, o se encuentren, temporal o definitivamente, excluidos del ejercicio de una profesión en el momento de la inscripción de su candidatura.
*Hayan perdido la investidura de miembros de una corporación de elección popular.
*Dentro de los tres (3) meses anteriores a la inscripción de la candidatura se hayan desempeñado como empleados públicos en el Distrito; hayan sido miembros de una junta directiva distrital; hayan intervenido en la gestión de negocios o en la celebración de contratos con el Distrito o hayan ejecutado en la localidad contrato celebrado con organismo público de cualquier nivel.

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