Bogotá,
agosto 14 de 2014. La Secretaría Distrital de Movilidad y la Policía
Metropolitana de Tránsito realizan permanentemente acciones de control
encaminadas a revisar que los vehículos de transporte especial, público
colectivo y público individual realicen de manera correcta la prestación del
servicio, de acuerdo con las estipulaciones del Ministerio de Transporte.
La sanción a la cual se puede exponer un conductor que se
sorprendido por las autoridades realizando este tipo de acciones es la D12,
estipulada en el Código De Tránsito y que menciona: “Conducir
un vehículo que, sin la debida autorización, se destine a un servicio diferente
de aquel para el cual tiene licencia de tránsito. Además, el vehículo será
inmovilizado por primera vez, por el término de cinco días, por segunda vez
veinte días y por tercera vez cuarenta días. La cual tiene
un costo de $616.000 además de los costos por inmovilización (patios y servicio
de grúa).
¿Cuál es el
balance de los operativos a la fecha?
En lo que va corrido del 2014 y como resultado de los
operativos de ilegalidad se han impuesto 1.294 comparendos y se han
inmovilizado 602 vehículos. Sólo en los meses de Junio y Julio se impusieron
242 comparendos y se inmovilizaron 108 vehículos.
Las zonas donde se presenta con mayor frecuencia este
tipo de actividad son las localidades de Kennedy, Bosa, Suba, Engativá,
Fontibón y Chapinero.
¿Qué pasa en
el caso particular de los taxis?
Aunque el tema de ilegalidad en la prestación del
servicio de transporte se presenta en diferentes modalidades, en el caso de los
taxis la situación que la Secretaría Distrital de Movilidad y la Policía
Metropolitana de Tránsito vienen controlando es la del cambio en el nivel de
servicio, ya que en varias zonas prestan el servicio como transporte público
colectivo, incumpliendo el Decreto Nacional 172 de 2001, por el cual se
reglamenta el servicio público de transporte terrestre automotor individual de
pasajeros en vehículos taxis.
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