Bogotá, 27 de enero de 2017. Con RUNDIS (Red Universitaria para el Reconocimiento y la Defensa de los Derechos de las Personas con Discapacidad), el Ministerio de Justicia y del Derecho, en cabeza de Jorge Eduardo Londoño Ulloa, ofrece asesoría a la población en condición de discapacidad para entender a plenitud sentencias como la T-573 de 2016, emitida por la Sala Novena de Revisión de la Corte Constitucional.
Dicha sentencia aborda el tema del derecho pleno a la capacidad jurídica y toma de decisiones autónomas de las personas con discapacidad, y el consentimiento informado de esta población frente a la esterilización quirúrgica definitiva, haciendo énfasis en que esta comunidad puede decidir sobre su propio cuerpo.
Con este documento la Corte llena el vacío existente en esta línea jurisprudencial, entre las sentencias C-131 de 2014, que habla sobre la prohibición de anticoncepción quirúrgica a menores de edad en condición de discapacidad (excepción), y C-182 de 2016, que trata de los requisitos de interdicción y autorización judicial específica para esterilización quirúrgica de personas en situación de discapacidad mental, mediante el consentimiento de otra persona.
La sentencia también vincula directamente al Estado, mediante el Ministerio de Salud y Protección Social, para que garantice que las personas con discapacidad puedan acceder a información adecuada y suficiente sobre sus derechos y obligaciones, relacionados con la adopción de decisiones informadas en materia de sus derechos sexuales y reproductivos.
La T-573 de 2016 se dictó de conformidad con lo establecido en la Ley 1346 de 2009, por medio de la cual se aprueba la Convención sobre los Derechos de las personas con Discapacidad. Esta norma fue adoptada el 13 de diciembre de 2006 por la Asamblea General de las Naciones Unidas.
Cabe anotar que el personal vinculado a los consultorios jurídicos de RUNDIS está en plena capacidad de atender y asesorar a familias y personas en condición de discapacidad.
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