miércoles, 20 de diciembre de 2023

Se invita a la comunidad a participar en la elección de las y los Consejeros de Planeación Local.



 Según el Acuerdo 13, modificado por el Acuerdo 787 dispone que ocho días después de la posesión del Alcalde Mayor de Bogotá, los Alcaldes(as) locales convocarán a elección de los Consejeros (as) del CP, espacio consultivo de Planeación.

Es vital participar en este espacio ya que desde el se construye el Plan de Desarrollo Local, el que debe estar acorde con el Plan de Desarrollo Distrital. Es determinante la participación ciudadana ya que son los ciudadanos quienes aportan los insumos que darán cuerpo al Plan de Desarrollo Local. Ese el momento determinante en que se pueden incluir tareas, planes programas y actividades a desarrollar por la administración local a partir de las necesidades de las comunidades y que al ser expresadas en este momento pasan a ser parte de los programas a desarrollarse por parte de a administración, una vez hayan sido incluidos en el Plan de Desarrollo Local. Luego de estudiado , analizado y aprobado tanto por los miembros de la Junta Administradora Local JAL como por el Alcalde Local. Es importante ayudar , proponer, acompañar y vigilar los proyectos aprobados e incluidos en el recién construido Plan de Desarrollo Local, el cual es hoja de ruta de obligatorio cumplimiento por parte de la administración.  Los Consejeros Locales a elegirse son representantes de los diversos entes de participación de la localidad y el cargo es ad honoren y no remunerado

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