*Mañana 31 de marzo vence el plazo
Bogotá, marzo 31 de 2017. IDT- El Turismo es el segundo renglón económico del país y su auge, éxito y crecimiento están garantizados a partir del momento en que los operadores turísticos, hoteleros, establecimientos, empresas vinculadas y demás actores de la cadena, cumplen responsablemente con las exigencias de esta actividad; por tal razón el Instituto Distrital de Turismo – IDT, como cabeza del sector en Bogotá, hace un llamado e invita a todos los prestadores de servicios para que actualicen su Registro Nacional de Turismo -RNT. El plazo para hacerlo, se cumple este 31 de marzo.
De acuerdo con el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo - MinCIT; quienes no cumplan el artículo 12 de la ley 1101 de 2006, que establece esta obligación, se verán expuestos a sanciones administrativas por operar y prestar los servicios turísticos en la informalidad. Las penalidades van de cinco (5) a cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales, es decir, entre $3.688.585 y $36.885.850
Es importante informar que según el MinCIT, a partir del 1 de abril se iniciarán las inspecciones a los operadores de servicios turísticos que no estén el día con la renovación de su Registro Nacional de Turismo (RNT) o que presten sus servicios sin este requisito. De igual manera y en la misma fecha, se harán jornadas de formalización por el país para que todos los actores involucrados cumplan las regulaciones que existen para el turismo en Colombia.
Para cualquier autoridad o turista, que un operador cuente con el RNT, es muestra de responsabilidad, respeto y garantiza la seguridad en el establecimiento y en los servicios que este ofrece. La autoridad nacional ha previsto que quienes estén inscritos gozarán de estímulos tributarios y fiscales, por operar dentro de la formalidad.
Con el fin de preservar la buena imagen de la ciudad como destino, de la industria como un sector responsable y lograr, que mediante este procedimiento, haya un incremento en la llegada de turistas nacionales y extranjeros a Bogotá; el IDT se vincula a la campaña de hacer la cosas“A lo bien” y por eso advierte que el 31 de marzo vence el plazo para actualizar el RNT.
MinCIT ha determinado que los establecimientos obligados a tener el registro son:
· Hoteles, centros vacacionales, campamentos, viviendas turísticas y otros tipos de hospedaje no permanente, excluidos los establecimientos que prestan el servicio de alojamiento por horas.
· Agencias de viajes y turismo, agencias mayoristas y agencias operadoras.
· Oficinas de representaciones turísticas.
· Guías de turismo.
· Operadores profesionales de congresos, ferias y convenciones.
· Arrendadores de vehículos para turismo nacional e internacional.
· Usuarios operadores, desarrolladores e industriales en zonas francas turísticas.
· Empresas promotoras y comercializadoras de proyectos de tiempo compartido y multipropiedad.
· Establecimientos de gastronomía, bares y similares, cuyos ingresos operacionales netos sean superiores a los 500 smmlv.
· Empresas captadoras de ahorro para viajes y de servicios turísticos prepagados.
· Concesionarios de servicios turísticos en parque.
· Empresas de transporte terrestre automotor especializado; empresas operadoras de chivas y de otros vehículos automotores que presten servicio de transporte turístico.
· Los demás que el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo determine.
Para continuar el proceso de obtención del RNT, ingrese al enlace http://rnt.confecamaras.co/ y siga las instrucciones para la ciudad a la que pertenece su negocio.
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