ü Este impuesto lo pagan los comerciantes que facturan más de 51’548.000 pesos al año.
ü El pago de 2015 se venció en febrero y por eso les está llegando a los deudores formularios con pago sugerido.
Bogotá, agosto 25 de 2016
Los propietarios de restaurantes, tiendas de barrio, papelerías, peluquerías, talleres de mecánica y demás servicios de comercio al por menor que facturen por encima de 51’548.000 pesos anuales, tienen el compromiso de declarar y pagar el ICA antes del 19 de febrero de cada año.
Sin embargo, hay quienes –por olvido o por omisión- no han cumplido con este compromiso y desde hace algunos días vienen recibiendo la visita de funcionarios de la Dirección de Impuestos de Bogotá (DIB) para recordarles el pago y darles claridad sobre la obligación que tienen por el hecho de ejercer una actividad económica en la ciudad. Posterior a esta visita, han recibido cartas personalizadas y declaraciones sugeridas con el valor que deben pagar.
En respuesta a algunos comerciantes que han salido a las calles a protestar, la Secretaría de Hacienda les ha ofrecido que se acerquen a los SuperCade y puntos de atención de la RED CADE donde les despejarán las inquietudes que tengan. En muchos de los casos se trata de personas que han dejado de pagar los impuestos oportunamente, no solo en 2015 si no también en años anteriores, y por ende han acumulado deudas significativas.
Según explicó la secretaria de Hacienda, Beatriz Elena Arbeláez Martínez, los comerciantes pueden desvirtuar la información que se encuentra en los formularios sugeridos, siempre y cuando tengan todos los soportes para hacerlo. A la fecha se han enviado 32.949 formularios con la liquidación sugerida y se han atendido consultas de los comerciantes a través del chat tributario y de los funcionarios que están presentes en las diferentes zonas de Bogotá.
“Estamos atentos a escuchar y revisar cada uno de los casos”, dijo la Secretaria de Hacienda, quien explicó que los comerciantes han sido identificados en el proceso de registro empresarial realizado por la Dirección de Impuestos de Bogotá en las diferentes localidades de la ciudad y mediante el cruce de bases de datos de la DIAN, debido a que desarrollan actividades comerciales, industriales o de servicios. Además, con base en los ingresos medios declarados para la misma actividad económica por parte de otros contribuyentes en la misma zona de la ciudad.
El último plazo para hacer la declaración y pago fijado en los formularios sugeridos es el 31 de agosto próximo.
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