Bogotá D.C, 22 de
mayo de 2019.
En
la actualidad se procesan en la Secretaría Distrital de Planeación 783
solicitudes de factibilidad y permiso para la instalación de antenas de
telefonía celular, que deberán cumplir con todos los requisitos exigidos por el
Decreto 397 de 2017.
El Secretario Distrital de Planeación, Andrés Ortiz Gómez, precisó que a
la fecha se encuentran aprobadas 1076 estaciones radioeléctricas que ya están
en su mayoría instaladas, siendo Suba, seguida de Teusaquillo, Usaquén y
Chapinero las localidades que registran un mayor número de antenas aprobadas.
El funcionario recordó que en 2015 la SDP realizó un inventario que
arrojó como resultado 4.179 antenas ilegales, y 2.438 fueron reportadas
voluntariamente por los respectivos operadores ante la Secretaría de
Planeación, que a raíz de la expedición del Decreto 397 de 2017, dio un plazo de 3 años, contados a partir de febrero de 2018, para
cumplir con los requisitos exigidos y poder legalizarse.
El Decreto
397 ajustó los parámetros para ubicar las antenas radioeléctricas (telefonía
celular -voz y datos-) en el espacio privado, y estableció las nuevas
exigencias para utilizar el espacio público.
Para ubicar
las antenas en el espacio público se debe surtir un proceso ante la Secretaría de
Planeación. Antes de emitir la factibilidad se revisará que el área donde se
quiera ubicar la antena cumpla con los componentes técnicos, urbanísticos y
arquitectónicos, y que la infraestructura a instalar sea la adecuada.
Posteriormente, se dará el permiso si cumple con la norma nacional y distrital.
Ortiz Gómez
puntualizó, que con la normatividad vigente se asegura el despliegue ordenado
de la infraestructura de antenas, de la misma forma que opera en ciudades como Tokio donde hay una antena por cada 99
habitantes o New York con una antena por cada 313 habitantes, mientras que
Bogotá tiene menos de una antena por cada 1.600 habitantes, y se espera que
exista una antena por cada 731 habitantes.
De esta
manera se atiende el llamado urgente del Ministerio de Tecnologías de la
Información y Comunicaciones, referente a tomar las medidas correspondientes
para despliegue necesario de infraestructura de comunicaciones, y cumplir con
la demanda de conectividad de los residentes de la capital.
Gracias a los últimos ajustes en la normatividad, el Distrito puede ahora
cobrar a los operadores un arriendo por la ocupación del espacio público para
la instalación de antenas. La ciudad está cobrando mensualmente cerca de 2
millones 700 mil pesos por cada antena.
“Además, Bogotá antes no tenía control de la legalidad y de los permisos.
Hoy en día está exigiendo una serie de normas de mitigación, localización, y
obligaciones en socialización. Estamos poniendo la casa en orden en este tema”,
enfatizó el Secretario.
Las nuevas antenas NO impactan visualmente la estética de la ciudad
Atendiendo la
reglamentación del Decreto 397 de 2017, los habitantes difícilmente perciben la
presencia de las nuevas antenas, las cuales no pueden exceder los 3 metros de
altura, y pueden estar integradas con el mobiliario público como estructuras de
energía, semáforos y paraderos de transporte, entre otros. Las antenas que se
instalen en espacio público, no pueden superar los 25 metros de altura,
incluida la estructura que las soporta. Así mismo, el cableado debe ser
subterráneo.
“La actual
reglamentación busca que estas estructuras sean discretas, planeadas, diseñadas
y ubicadas en la forma y lugares permitidos, asegurando el respeto por los
parques, la calidad de vida de las personas, y manteniendo los lineamientos de
planificación urbanística”, precisó
el Secretario.
¿Afectan la salud humana?
Respondiendo a las inquietudes de la comunidad respecto a los efectos que
puedan generar las antenas de telefonía celular, la Secretaría Distrital de
Planeación manifestó que, según los estudios realizados por la Organización
Mundial de la Salud (OMS), no existe evidencia suficiente para asegurar que las
estaciones radioelétricas instaladas de manera legal en la capital del país,
inciden negativamente en la salud humana.
“Según la
OMS, las ondas que emiten esos equipos son No Ionizantes, por lo tanto no afectan la estructura molecular
de los seres humanos”, comentó el Secretario.
Así mismo, la
Agencia Nacional del Espectro (ANE), con fundamento en la OMS,
asegura que no hay ninguna prueba
científica convincente de que las débiles señales de Radio Frecuencia (RF)
procedentes de las estaciones de base y de las redes inalámbricas tengan
efectos adversos en la salud humana.
De acuerdo
con la ANE, la potencia de las estaciones de comunicaciones móviles es
baja, y el hecho de que se encuentren más cerca de la población no
implica que ésta vaya a estar expuesta a mayores niveles de intensidad de
campos electromagnéticos.
Por su parte,
el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Tecnologías
de la Información y las Comunicaciones, asegura que las antenas de
Telefonía Móvil Celular están dentro de los parámetros de potencia adoptados
internacionalmente por los organismos competentes para que no tengan efectos negativos
sobre la salud.
Entre tanto, la Corte Constitucional en una de sus sentencias
señala frente al tema, que las personas que se oponen hablan de una posible
afectación futura de su salud, sin acreditar o especificar el daño irremediable
que podría causar la exposición a las ondas de radiofrecuencia emitidas por la
torre base de telefonía móvil celular.
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