La Caja de la Vivienda Popular se
permite informar a la ciudadanía que a partir de la fecha el contrato de
arrendamiento para el programa de Relocalización Transitoria, tendrá que ser
diligenciado directamente por los beneficiarios, en cumplimiento con la
Resolución 0740 de 2015, normativa que nos rige.
Tenga en cuenta
que:
1. El contrato de arrendamiento
diligenciado debe ser entregado a la Caja con mínimo 15 días de antelación al
vencimiento del contrato anterior. Esto con el fin de que se puedan realizar
todos los trámites administrativos requeridos al interior de la entidad.
2. En la página web de la CVP encontrará
un formato sugerido de contrato que puede descargar y diligenciar. Sin embargo,
cualquier modelo de contrato (incluso el Minerva) es válido siempre y cuando
cumpla con los requisitos de la Ley 820 de 2003.
3. El contrato
de arrendamiento debe ser suscrito por el propietario del inmueble y la familia
acogida en el programa de Reasentamientos; incluir su valor mensual; contar con
la matrícula del arrendador.
4. Se requiere
copia del Certificado de Libertad y Tradición no mayor a 30 días; fotocopia de
las cédulas del arrendatario y arrendador; certificación de la cuenta bancaria
del propietario del inmueble; y paz y salvo de administración (en caso de ser
un inmueble de propiedad horizontal).
Por
último, la Caja de la Vivienda Popular, especialmente, la Dirección de
Reasentamientos agradece a la comunidad su comprensión en los ajustes de los
procesos administrativos que debe cumplir, conforme a lo que exige la norma.
Todo
el equipo de la Caja de la Vivienda Popular está dispuesto para brindarle
asesoría integral en cualquier inquietud que surja frente al tema.
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