La medida aplica en almacenes, grandes superficies, supermercados, licorerías, cigarrerías, estancos, tiendas de barrio, canchas de tejo, estaciones de gasolina, billares y galleras, entre otros. Está vigente también en las zonas comunes de edificios o unidades residenciales. Por el contrario, no opera para servicios a domicilio a lugares privados o en establecimientos como bares, restaurantes y afines, de conformidad con lo establecido en el Decreto.
Las multas para quienes infrinjan la norma son hasta de dos salarios mínimos legales mensuales y los establecimientos comerciales que incumplan podrán ser cerrados hasta por siete días.
Esta medida, según han señalado las autoridades distritales, ha contribuido a la reducción de homicidios en la Capital en lo que va corrido del año. Mientras que en 2012, al corte del 13 de diciembre, han registrado 1.143 homicidios, en el mismo periodo de 2011, la cifra llegó a 1.460 casos, lo que representa una reducción del 22 por ciento.
La Administración Distrital invita a la ciudadanía a celebrar en familia y con moderación, en particular en lo relativo al consumo de bebidas embriagantes.
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