El
contentillo se da afirmando que el
horario prime time de lunes a viernes continuará con un 70%.
La Comisión Nacional de Televisión
informó que el Proyecto de Ley 201 de 2012 propone reducir las cuotas sólo para
los fines de semana y festivos. Con ello le resta importancia a la disminución
del 50% al 30% los días festivos y fines de semana, cuando las familias
colombianas más se dedican a ver televisión.
Esto es un verdadero retroceso en la
legislación en cuanto a la posibilidad de divulgación de la producción
nacional.
Agrega CNTV que :”Teniendo en cuenta las medidas disconformes para
Servicios e Inversión para la televisión en Colombia frente al Tratado de Libre
Comercio suscrito con Estados Unidos, el Gobierno Nacional, previo concepto de
la Comisión Nacional de Televisión, radicó en el Senado de la República, el
pasado 20 de marzo, el Proyecto de Ley 201 de 2012 por medio del cual se
implementan los compromisos adquiridos en el TLC en el marco de la política de
comercio exterior e integración económica.”
“El parágrafo del artículo 4º de
la Ley 680 de 2001 que modificó el artículo 33 de la Ley 182 de 1995 quedará
así:
Parágrafo: En sábados, domingos y
festivos el porcentaje de producción nacional será mínimo del 30% en los
siguientes horarios:
De las 19:00 horas a las 22:30 horas
(tripe A)
De las 22:30 horas a las 24:00 horas
De las 10:00 horas a las 19:00 horas.”
De las 22:30 horas a las 24:00 horas
De las 10:00 horas a las 19:00 horas.”
De acuerdo con la Ley 680 de 2001, que se encuentra vigente y que
modificó la Ley 182 de 1995, conocida como Ley de Televisión, la cuota de
pantalla de producción nacional en los canales tiene diferentes porcentajes
dependiendo del horario y día de la semana en los canales de cubrimiento
nacional así:
· De lunes a
viernes, entre las 10:00 horas y las 19:00 horas debe
ser del 50% de producción nacional.
· Entre las
19:00 horas y las 22:30 horas aplica el 70% de cuota mínima de producción
nacional
· Y
entre las 22:30 hora y las 24 horas es del 50% de producción nacional
Para los días sábados, domingos y festivos aplica actualmente una cuota
del 50% como mínimo de producción nacional.
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