lunes, 30 de enero de 2017

¿Piensa organizar un evento? Esta información le interesa


Bogotá, enero 30 de 2017.- Sí, hay reglas a la hora de organizar eventos en Bogotá y van más allá de elegir un buen lugar para hacerlo. La Secretaría de Salud tiene un listado que usted debe cumplir y que es mejor que conozca para que se evite malos ratos.
Estas responsabilidades están establecidas en el Decreto 599 de 2013. Aquí le contamos cuáles son:
Elaboración e implementación de los planes de emergencia y contingencia. La SDS evaluará el cumplimiento del plan de salud y primeros auxilios, así como de las normas higiénico-sanitarias, las buenas prácticas de los manipuladores de alimentos y lo referente a las unidades sanitarias.
Registro del evento en el Sistema Único de Gestión para el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración de Público -SUGA-: El operador del evento debe registrar la actividad a desarrollar en el sistema y la SDS se encarga de  clasificar el grado de complejidad, dependiendo del número de asistentes involucrados.
Definición del tipo de recurso humano en salud, según la clase de evento: La SDS revisará el grupo de profesionales de la salud que debe estar presente, según las características del evento.
Definición de los Módulos de Estabilización y Clasificación –MEC- y del tipo de recursos de ambulancias básicas y medicalizadas propias que se asignarán según el tipo de evento: En este aspecto, la SDS inspeccionará los diferentes insumos, medicamentos, equipos y ambulancias que deben estar presentes, según las particularidades del mismo.
Según los requerimientos establecidos en la norma, las ambulancias que hacen parte del Programa de Atención Prehospitalaria (APH) de la SDS, no son los recursos pertinentes para prestar servicios en eventos de aglomeración de público en el Distrito Capital. En consecuencia, la Secretaría de Salud establece que por ningún motivo asignarán ambulancias a actividades diferentes a la atención inicial de urgencias, que es su objeto principal.
Para conocer en detalle los requerimientos exigidos, los ciudadanos pueden consulta la Circular 031 de 2016 de la SDS.
Durante el año 2016, la Secretaría de Salud evaluó 1.029 planes de emergencia y contingencia de eventos de aglomeración de público, que involucraron la seguridad de cerca de 3.000.000 de personas.

No hay comentarios: