jueves, 19 de enero de 2017

Bogotá cuenta con nuevo modelo de desarrollo para las avenidas con Transporte Público Masivo en la ciudad

Administración expide Decreto de Renovación Urbana para los corredores viales de las Avenidas Calle 80 y Carrera 30 (NQS)

Ø      Su propósito es mejorar y generar el espacio público que la ciudad necesita sobre los corredores viales con Transporte Público Masivo
Ø      Los nuevos proyectos deben ceder el suelo que se requiera y construir sobre la avenida principal un andén de mínimo 12 metros de ancho
Ø       Se busca generar alamedas con ciclo ruta, bancas y vegetación, entre otros elementos, para garantizar la continuidad peatonal y la generación de espacios públicos de calidad
Ø      El acceso vehicular a los edificios deberá hacerse a través de vías locales o intermedias existentes.

Bogotá D.C, 19 de enero de 2017.  La Administración expidió el Decreto Distrital 621 que tiene como objetivo la renovación urbana sobre la malla vial con Sistema de Transporte Público Masivo. La nueva reglamentación tiene como ámbito de aplicación las manzanas con frente a las Avenidas Calle 80 y Carrera 30, también conocida como avenida NQS.

“Bogotá necesita la renovación urbana, y unas de las zonas más propicias para la densificación son las localizadas cerca a los sistemas integrados de transporte masivo”, manifestó el Secretario Distrital de Planeación, Andrés Ortiz Gómez, quien precisó que el “Decreto plantea opciones integrales, teniendo en cuenta que estas vías no tienen espacio público de calidad en algunos de sus tramos. No son avenidas aptas para caminar o desplazarse en bicicleta como en las grandes ciudades del mundo”.

Atendiendo el interés del alcalde Enrique Peñalosa, por desincentivar  el uso del transporte individual, esta nueva norma propicia la generación de un espacio público de calidad, a través del cual se puedan desplazar los habitantes capitalinos no sólo en transporte público masivo sino en bicicleta o caminando.

El Decreto aplica para las manzanas con frente sobre la Avenida Calle 80 desde el límite occidental de la ciudad hasta la Avenida NQS, y para las manzanas con frente sobre la Avenida Carrera 30 (NQS) desde la Avenida Calle 80 hasta la Avenida Boyacá.

 “Se escogieron estos corredores viales porque se trata de ejes de transporte público masivo consolidados. Además porque tienen la infraestructura de servicios y el transporte público masivo que se requiere”, puntualizó el Secretario Ortiz.

 Precisó además, que sobre la Carrera 30 y la Calle 80 se encuentran muchos lotes residuales sin actividad, enmarcados con grandes muros que quedaron tras la construcción de las dos troncales de Transmilenio, generando un gran deterioro del espacio público existente.

Así mismo, se trata de dos avenidas que poseen un inmenso potencial, pero que tienen construcciones en gran parte de uno, dos o tres pisos máximo, las cuales en su mayoría tienen ingreso vehicular directamente desde la avenida, propiciando impactos negativos en la movilidad de la malla vial arterial, y en el espacio público peatonal.

Con el Decreto 621 se permitirán en promedio alturas de 20 pisos en la mayor parte de la Calle 80 y la NQS, con una proyección en estos dos corredores viales de aproximadamente 54 mil viviendas.

En busca del equilibro entre cargas y beneficios

El Decreto plantea la posibilidad de acceder a una edificabilidad adicional a cambio de unas cargas urbanísticas que se deben generar a favor del Distrito; esto es lo que se denomina un “Equilibrio de cargas y beneficios”.

Las cargas urbanísticas contempladas son las siguientes:

Ø      Se debe ceder el suelo que se requiera y se debe construir sobre la avenida principal un bulevar (andén) de mínimo 12 metros de ancho, que incluya ciclo ruta, bancas y vegetación, entre otros elementos, los cuales garantizarán la continuidad peatonal y la generación de espacios públicos de calidad.

Ø      De igual forma, ceder el suelo y construir andenes perimetrales sobre las vías locales e intermedias para obtener andenes de mínimo 5 metros de ancho. Las calzadas vehiculares de las vías locales e intermedias aledañas se deben ampliar a 7 metros

Ø      Se tiene que compensar en dinero la fracción de la edificabilidad adicional licenciada, necesaria para alcanzar el equilibrio de cargas y beneficios. 

Como beneficio, en contraprestación a las cargas urbanísticas, se establece una edificabilidad adicional a la básica permitida actualmente en las correspondientes Unidades de Planeamiento Zonal (UPZ). La edificabilidad máxima admitida aumenta a medida que se incrementa el área predial del proyecto.

 Condiciones adicionales para mayor edificabilidad

Se deben cumplir las siguientes condiciones para hacer uso de la mayor edificabilidad que permite el Decreto:

Ø      Tener un predio o englobe predial con un área mínima de 1.500 metros cuadrados. Esto permite consolidar proyectos de ciudad que generen el carácter metropolitano que actualmente las avenidas cumplen desde el punto de vista de la movilidad urbana.

Ø      El lote debe tener un frente hacia la avenida principal de mínimo 35 metros, lo cual permite consolidar áreas extensas de espacio público peatonal, de calidad y con continuidad manzana a manzana.

Ø      Tener frente sobre una vía local o intermedia existente, con el fin de ir eliminando los accesos vehiculares desde la avenida principal, los cuales entorpecen el tráfico e interrumpen la circulación peatonal. Se debe acceder vehicularmente sobre las vías locales o intermedias.

En coherencia con lo establecido en el Decreto 080 de 2016, en estos proyectos es obligatorio que el primer piso esté con espacios habitables sobre la calle, es decir con espacios dedicados al  comercio, cafés, gimnasios, servicios o el lobby del edificio.

Igualmente, los antejardines deben ser públicos para evitar las rejas y las ocupaciones ilegales de estos espacios. Las cubiertas de las construcciones serán comunes, para que todos los residentes de los edificios puedan hacer uso de esas áreas. Además el primer piso debe tener una altura mínima obligatoria de 4 metros libres.

“A los proyectos de ciudad que mantienen su norma original, que constituyen sectores consolidados, y que están compuestos inclusive por manzanas al interior de los barrios, no les aplica la norma. Por ejemplo la Ciudadela Colsubsidio o Metrópolis, se mantienen como están. Hay que preservar lo que está funcionando bien”, aclaró el Secretario de Planeación.

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