viernes, 19 de agosto de 2016

Más de 11.000 deudores de comparendos ya tienen acuerdos de pago, ¿usted necesita uno?


Bogotá, Agosto 19 de 2016. A 30 de junio de 2016, la Secretaría Distrital de Movilidad ha concedido facilidades de pago a 11.115 deudores de comparendos. Respuesta a cuatro preguntas frecuentes.
1. ¿En qué consisten los acuerdos de pago con la Secretaría de Movilidad?
Las facilidades de pago concedidas por la Secretaría de Movilidad son mecanismos para que los deudores financien, en cuotas mensuales y a un plazo determinado (máximo de cinco años), sus obligaciones con la entidad.
2. ¿Dónde se deben solicitar?
La solicitud de los acuerdos de pago se puede tramitar, diligenciando el formulario respectivo, en la sede de la Secretaria de Movilidad de Paloquemao, ubicada en la Carrera 28 # 17A-20, de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 12:00 m.
Ahora bien, si desea realizar un acuerdo de pago o financiamiento de la deuda generada por un comparendo dentro de los 30 días hábiles siguientes a su imposición, sin que se haya adelantado audiencia alguna, deberá dirigirse directamente a la Calle 13 # 37 – 35 (SuperCADE de Movilidad) en el siguiente horario: lunes a viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m. y sábados de 8:00 a.m. a 12:00 m.
3. ¿Cuáles son los requisitos?
  • Para celebrar los acuerdos de pago con la Secretaría de Movilidad se deben reunir los siguientes documentos y cumplir con las condiciones establecidas:
  • Cédula de ciudadanía o de extranjería del deudor (original y fotocopia) o certificación de estado de cédula de ciudadanía expedida por la Registraduría, en caso de que el documento de identidad se encuentre en trámite.
  • Garantía bancaria o póliza de cumplimiento de compañía de seguros (original). Para todos los acuerdos de pago, sin importar el número de cuotas, se exige garantía bancaria o póliza. El documento debe ser original, la garantía será suscrita de conformidad con la información suministrada en el punto de atención.
  • El acuerdo de pago se debe realizar personalmente o a través de un abogado con poder autenticado ante notario a través de un tercero mediante autorización.
  • Certificado de existencia y representación legal.
  • Tener una deuda igual o superior a quince (15) salarios mínimos diarios legales vigentes; este monto mínimo, incluye el valor de intereses causados.
Conozca aquí todos los requisitos y condiciones exigidas para aplicar a las facilidades de pago.
4. ¿Cuales son las consecuencias de no estar al día con la Secretaría de Movilidad?
Las consecuencias por estar en mora, en el pago de cualquiera de las cuotas, es el reporte a las centrales de riesgo.
Así mismo, el proceso de incumplimiento de la facilidad según lo establecido en el artículo 814 - 1 del Estatuto Tributario Nacional. Esto tiene como consecuencia, que se hacen efectivas las garantías reales o personales ofrecidas por el deudor y el correspondiente embargo, secuestro y remate de los bienes. Por otra parte, la imposibilidad de realizar tramites de tránsito.
Balance de facilidades de pago concedidas durante 2016

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