miércoles, 20 de julio de 2016

COMUNICADO PÚBLICO SOBRE LA INEXISTENCIA DE HECHOS DE DENUNCIA DE DISCRIMINACIÓN Y OTROS POR CONTRATISTA LOCAL

Bogotá D.C., julio 18 de 2016. Ante la denuncia hecha pública a través de algunos medios de comunicación y espacios de redes en internet, sobre la presunta discriminación racial y otros, realizada por un contratista en prestación de servicios de la localidad por su condición de afrodescendiente, la Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe en cabeza de la Doctora Diana Mabel Montoya Reina, se permite aclarar:

1.     Que la Alcaldía local de Rafael Uribe Uribe a través de su actual plan de desarrollo local “Rafael Uribe Uribe Humana, Participativa, Incluyente y Democrática” (2013-2016) ha realizado un importante proceso de reconocimiento, empoderamiento y visibilización de los procesos poblacionales y en especial respecto a las Políticas Públicas relacionadas al enfoque poblacional como lo es la Población afrodescendiente e indígena Local, siendo la única localidad que desde su plan de desarrollo ejecutara de manera especial línea de inversión al respecto a tal punto que son los líderes y población activista local los que dan cuenta del compromiso de esta administración al respecto- a diferencia inclusive de lo que en su momento se desarrollara por el nivel distrital. Que muestra de ello, es la actual amplia participación de los mismos en escenarios de orden nacional, distrital y local con un empoderamiento real para el diario que hacer y exigibilidad de sus derechos.

2.     Que en la Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe, como en cualquier otra institución de la administración distrital o nacional, no se realiza ningún tipo de discriminación a las personas que ingresan a laborar con la entidad como lo ordena la Constitución Política de 1991, a tal punto que el citado contratista al igual que otros fuera objeto de contratación a través de un contrato de prestación de servicios de acuerdo a las referidas condiciones de orden profesional que el mismo señalara cuando solicitara vinculación como miembro de la comunidad y profesional local, en donde no fuera relevante su condición de pertenecer o no a una comunidad étnica en especial, máxime cuando éste no lo tuviera de ninguna forma en época anterior a su vinculación con la Alcaldía.

3.     Que dentro de cualquier relación contractual y/o laboral, quien administra y/o tiene a cargo personas que deban cumplir funciones y/o obligaciones para cualquier empresa o entidad pública con mayor responsabilidad, debe mantener el ejercicio permanente del control del cumplimiento de las mismas de manera oportuna y como en derecho corresponde y en razón a esto, cualquiera de los servidores en la administración local ha sido, es y será objeto de la solicitud de los informes, aclaraciones y demás exigencias necesarias para que se de cuenta del desarrollo oportuno, adecuado y debido de los recursos para éste caso públicos por ser del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe.


4.     Conforme a lo anterior, las personas que se vinculan en la Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe - como en cualquier otra entidad, deben dar cumplimiento estricto a sus deberes y funciones de manera eficaz, eficiente y oportuna según sus obligaciones legales, los manuales de procesos y procedimientos relacionados con su cargo o contrato, sin excepción alguna. Que en virtud de lo anterior, se exige al citado contratista como a cualquier otro, el cumplimiento estricto de éstos, al igual que se le hacen las indicaciones, apoyos de orden jurídico, contable y administrativo necesarios.

5.     Que ante el posible incumplimiento de sus obligaciones contractuales se le solicitaran explicaciones de orden verbal al citado contratista por parte de este despacho en la semana anterior y en virtud a que no se encontrara argumento alguno en dicho momento para sus exculpaciones, se le señalara personalmente por el despacho de la Alcaldesa local Diana Mabel Montoya Reina, que se le iniciaría al mismo un proceso administrativo llamado a verificar la existencia de un posible incumplimiento de sus obligaciones contractuales con las respectivas consecuencias de orden administrativo, económicas y disciplinarias que serían del caso de verificarse los hechos y circunstancias que se venían colocando de presente a la misma como primera autoridad local y supervisora de su contrato y en todo caso dada la posible existencia de riesgo inminente por posible falta de control y cumplimiento de funciones respecto a las actividades y recursos a su cargo como supervisor. Situación que en todo caso se viene consolidando como a cualquier otro contratista o contrato que sea objeto de revisión y pudieran advertirse posibles falencias.

6.     Respecto a la denunciado la mandataria local se indica “que de la situación de denuncia planteada por el citado profesional frente al siquiera posible pensamiento de segregación racial al que alude el mismo en mi cabeza y otros hechos igualmente mentirosos y descabellados, difícilmente la comunidad o las autoridades pueden darles crédito alguno-  más aún; cuando tanto en mi génesis familiar como en calidad de madre tengo como fortuna el tener sangre y familia afrodescendiente, lo cual desvirtúa no sólo el dicho sino por demás una posible acción o aptitud al respecto por mi parte de orden étnico o cualquier otro.”

7.     Que el escenario de debate para demostrar o demeritar, las calumnias e injurias de las que hoy es señalada la Alcaldesa Local, Doctora Diana Mabel Montoya Reina, es frente a las autoridades judiciales del caso pues es allí donde el citado contratista deberá demostrar en derecho y en debida forma sus reparos y será el Fiscal o Juez Penal de Conocimiento el que resuelva de fondo el referido asunto, por lo cual considera no estar llamada a tener otro escenario de debate que no sea el que le es el connatural a dicho asunto, pues no le dará trascendencia, máxime cuando los medios de comunicación nunca en oportunidad antes de sacar señalamientos de terceros se tomará el trabajo de averiguar el sentir y real situación de las cosas.

8.     Que no obstante las mentiras, actos de segregación y acciones de persecución varias de éstos últimos seis (6) meses por diferentes personajes políticos, sus pocos cómplices, estamentos administrativos distritales y de hecho líderes que consideraron poder manipular con afrentas y presiones a la actual administración local y consideraron se presentan sencillamente sólo por el hecho natural de su embarazo y el derecho que tiene como  toda mujer en estado de gravidez a ser protegida por la administración, siendo que a la fecha ya hubo manifestación expresa al respecto a través del Secretario de Gobierno, Doctor Miguel Uribe Turbay, el pasado 24 de mayo de 2016.

9.      “Que éstos casi siete (7) meses, el simple hecho de venir de la administración de la “Bogotá Humana” liderada por el doctor Gustavo Petro, me ha hecho sujeto de persecución política por algunos de los sectores políticos distritales-locales y son éstos quienes están detrás y utilizan medios de comunicación para señalarme como “Petrista”, como quien no ha facilitado la transición aun nuevo mandatario local y hasta de corrupción sin haber sido debidamente juzgada y condenada – sin ser estos elementos siquiera ninguno de éstos parte de mi actuar y pensamiento en ningún momento, pues no ha existido nada más lejano de mi proceder, sin que ello mengue como es en derecho que de ser reubicada, la citada propuesta del señor Alcalde Mayor, Doctor Enrique Peñalosa como en derecho corresponde sea de igual naturaleza a la ya preexistente y exigir como lo haría cualquier otra servidora condiciones dignas y suficientes para cumplir mis labores, situación que a la fecha es conocida por la administración distrital” señala la doctora Diana Mabel Montoya.



10.   En este sentido expresa la mandataria local: “Que éste ataque no ha sido el único y no lo será por lo visto, pues se han venido permitiendo desde la misma administración y se están cohonestando en mi contra éste y otros ataques de todo tipo, frente a los cuales nunca me he permitido no contestar ante las autoridades y organismos correspondientes pues no tengo absolutamente nada que esconder y menos me intimidaré como lo quieren para que renuncie bajo presiones indebidas, amenazas de ser destituida a través de procesos varios, pues es claro que estos procederes no vienen de personas que piensen en la localidad y menos obedezcan a un real conocimiento de quién es, que ha sido, qué ha hecho, qué piensa y siente la suscrita y sería aceptar que éste país se siga moviendo por encima de los derechos por los intereses de unos pocos por encima de los derechos de otros que en franco estado de vulnerabilidad debamos siempre sucumbir ante ellos para que puedan manejar a su acomodo los destinos de la sociedad colombiana”.

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