jueves, 5 de julio de 2012

Juez 62 Penal Municipal niega tutela a asociación de toreros


Julio 4 de 2012. Una tutela interpuesta por la Unión de Toreros de Colombia (UNDETOC) sección matadores y banderilleros y sección picadores y banderilleros fue declarado improcedente por el Juez 62 Penal Municipal con función de Control de Garantías.
La Acción de Tutela que fue instaurada, solicita la protección del derecho Constitucional Legal como mínimo vital, al trabajo, libertad de escogencia de profesión u oficio, confianza legítima y debido proceso.
La autoridad competente procedió a declararla improcedente, ya que existen otros medios judiciales o pueden acudir tanto los accionantes como la parte contratante dentro de la órbita del Contrato de mandato No. 411 de 1.999. Precisando igualmente que no se está en presencia de la vulneración de los Derechos Fundamentales que fueran alegados por el apoderado Jaime Córdoba Triviño
De otro parte, el Juzgado dejó en claro que en cuanto al trámite contractual que se viene adelantando no se evidencia violación o desconocimiento del debido proceso, lo cual lo demarca dentro de la libertad y autonomía de la voluntad contractual.
Así mismo, considera el Juzgado que no es viable aplicar a este asunto lo establecido en la Ley 916 del 2004, por lo cual se estable el reglamento taurino, ya que ésta es posterior al Contrato de mandato celebrado entre el Instituto Distrital de Recreación y Deporte y la Corporación Taurina de Bogotá en el año 1.999.
El Despacho considera que se debe acudir a las normas que para ese entonces (1999) regularon la cristalización de este Convenio.

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